¿Propietario? ¿Inquilino?: quién ha de asumir los costes por avería

  6 marzo, 2015

Esa es la cuestión. Muchos os preguntaréis que ante cualquier rotura, desperfecto o avería quién es el responsable que debería acometer los gastos derivados de la propia reparación, el propio propietario o, por el contrario, el inquilino en sí. Pues, dependerá de los casos y circunstancias.

Lo que sí está claro es que, en numerosas ocasiones, existen las desavenencias entre casero e inquilino motivadas por esta cuestión a la hora de asumir responsabilidades. La gran mayoría de estos imprevistos domésticos se encuentran claramente resueltos en la Ley de Arrendamientos Urbanos, según la cual, el propietario está obligado a realizar cuantos arreglos o reparaciones sean necesarias, sin influir en el coste de la renta, que permita conservar la vivienda en las condiciones óptimas y satisfactorias de habitabilidad.

De lo anterior, se desprende que el inquilino, por tanto, tiene derecho a una vivienda habitable pero, a su vez, posee la responsabilidad de dar cuenta a su arrendador de la necesidad de reparación. Es decir, la buena relación entre ambos ha de ser clave para actuar con tota diligencia y apremia y evitar así una mayor gravedad de la incidencia o problema en cuestión.

costes averías

Dicho esto, lo mejor es dejar actuar al sentido común. A decir verdad, si es el propio inquilino el causante de la incidencia (las más habituales o comunes pueden ser la rotura de alguna ventana, puerta, cristal, etc.) éste debería asumir el coste por tratarse de una simple reparación. Ahora bien, ante desperfectos o averías de mayor calado sería el propietario el que tendría que asumir su responsabilidad.

En definitiva, todo dependerá del tipo de avería y del alcance que la misma tenga para asegurar, conforme a la legislación vigente, las mejores condiciones de habitabilidad para el inquilino. Está claro que, ante la rotura de un frigorífico o lavadora dañada por el pasar del tiempo o de cualquier otro tipo de electrodomésticos, instalaciones eléctricas o fontanería de cierto alcance es el propietario el que deberá incurrir en gastos puesto que, debe asegurar la mejor condición de uso a su inquilino y, además, ha de mantener el estado general del inmueble o vivienda de cara a otros posibles usuarios en el tiempo.

Por tanto, propietario e inquilino están predestinados a entenderse. La clave reside en el sentido común a la hora de ejercer ambos sus correspondientes responsabilidades.

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