Propietarios e inquilinos: ¿derechos y deberes?

  26 marzo, 2015

Aquí nadie se libra. Propietarios e inquilinos tienen derechos y obligaciones que cumplir, acatar y respetar en aras de garantizar una óptima y adecuada relación para cada una de las partes. Dicho de otro modo, arrendador y arrendatario están llamados a entenderse y respetarse desde la legitimidad que emanan los derechos y deberes comunes y compartidos. Veamos algunos de los más representativos.

derechos y obligaciones

Derechos del propietario

  • Percibir el cobro de la renta y de las cantidades conforme a la forma y plazos preacordados entre las partes y establecidas en el contrato que ha de regirse conforme a la legislación vigente.
  • Ser consultado e informado de cualquier cambio sometido a las cláusulas o condiciones contractuales y que produzcan una modificación o alteración del objeto pactado y acordado entre las partes.
  • Disfrutar de cualquier tipo de mejora de la vivienda (obras, arreglos, reformas, etc.) que hayan sido realizadas por el inquilino, siempre y cuando unilateralmente el propio arrendatario haya decidido acometerlas.
  • Exigir la finalización o extinción del contrato por falta de pago, subarriendo o cualquier otra condición no sometida a contrato legal.

Deberes del propietario

  • Velar por el estado de conservación del inmueble.
  • Asegurar las condiciones mínimas exigibles de habitabilidad, gestión de alta de los suministros mínimos o básicos, etc.
  • Comunicar al inquilino cualquier cambio de forma sometido al contrato así como de la venta del inmueble o vivienda para que éste, si lo desea, pueda ejercer su derecho preferente de compraventa.

Derechos del inquilino

  • Exigir al propietario que la vivienda reúna las condiciones mínimas de habitabilidad.
  • Exigir el recibo o justificante de pago de todas las entregas o cuantías dinerarias, incluida la fianza.
  • Solicitar que el arrendador realice cuantas reparaciones sean necesarias a fin de garantizar el buen estado de conservación del inmueble o vivienda.
  • Ser parte del expediente de expropiación en el caso de que se produzca.
  • Derecho de tanteo y retracto en caso de que la vivienda sea puesta a la venta, teniendo preferencia respecto a cualquier otro comprador o interesado.

Deberes del inquilino

  • Efectuar el pago del alquiler al propietario los primeros días de cada mes conforme a lo acordado y estipulado en el consiguiente contrato de alquiler.
  • Garantizar el buen uso y cuidado del inmueble o vivienda.
  • Pagar los suministros de agua, luz y gas según corresponda en cada caso. Dicho pago lo realiza el inquilino o el propietario, según lo acordado en el denominado contrato de arrendamiento.

14 Comentarios en “Propietarios e inquilinos: ¿derechos y deberes?

  1. Marian

    Si los vecinos se quejan al propetario (porque lo concen) de que el inquilino hace ruido durante el día (no por la noche) porque hay niños que corren o arrastran muebles, etc o si se quejan de que el inquilino no es muy cordial cuando el presidente va a comunicarle algo, ¿debe el propietario intermediar con el inquilino y decirle que deje de hacer ruido o que sea más simpático? ¿Es un deber del propiertario?

    Gracias

    1. useracceso Autor

      Buenos días Marian,
      No es un deber, pero sí sería muy recomendable trasladarle las quejas de otros vecinos. Seguro que así empieza a tener más cuidado.
      Un saludo

    1. useracceso Autor

      No es obligatorio por ley, pero es muy recomendable que ambos tengan seguro específico

  2. Helene

    Hola, soy inquilina y tengo un problema con mi propietario: He alquilado la casa y cuando firme el contrato me hizo firmar una clausula que dice que tengo que hacerme cargo del mantenimiento de la casa. Cuando la visite, todo parecía bien menos el baño ellos me dijeron que si quería cambiarlo podía hacerlo pero que ellos solo pondrían 225€ !!! En este baño hay una bañera jacuzzi que pierde agua por todas parte, cada vez que me ducho se inunda la cocina !!! he mirado presupuestos y me costaría unos 850€ He intentado hablar con ellos pero cada vez me dicen que esta a mi cargo! he dicho que no pagaría el alquiler durante dos meses lo correspondiente al precio de la obra. Me contestaron que si devolvía los recibos me echarían!!!!! Que puedo hacer ? poner una denuncia? donde? estoy de los nervios porque ahora me amenazan en echarme y llevarme a juicio … Necesito ayuda alguien me podría dar una solución?

    1. useracceso Autor

      Buenos días, en primer lugar recordarte que bajo ningún concepto puedes dejar de pagar las rentas. La situación que nos comentas en compleja: no es una avería por mal uso ni mantenimiento, por lo que tendría que hacerse cargo la propiedad de arreglarlo. Recuerda que ante un incumplimiento contractual puedes rescindir sin penalización alguna el contrato de arrendamiento

  3. Pepa

    Tengo un inquilino marroquí desde hace siete años. Ahora dice que tiene chinches y que yo (propietaria) debo solucionar el problema. No es de la comunidad, ya que solo han aparecido en mi piso . A quien le corresponde pagar para erradicar las chinches

    1. useracceso Autor

      Buenos días Pepa,
      Como propietaria estás en la obligación de mantener el inmueble en buenas condiciones de habitabilidad. Si la plaga de chinches está producida por problemas de limpieza, los inquilinos deberán hacerse cargo del exterminio. Seguramente un profesional podrá detectar la causa del problema. Un saludo

  4. Rosendo

    Tengo un inquilino que quiere que le pinte el piso, cuando se lo alquile estaba recien pintado hace dos años quien tiene que correr con los gastos el o yo, gacias un saludo

    1. useracceso Autor

      Si como dice entregó la vivienda recién pintada cuando se formalizó el contrato, la pintura debería estar en perfectas condiciones salvo un mal uso. Nuestra recomendación es que hablen y traten de llegar a un entendimiento. Si la pintura está estropeada por desgaste habitual le corresponde al inquilino, si es por un mal uso, al propietario.
      Un saludo

  5. ydalys

    Buenas , tengo un problema con la junta de condominio del inmueble el cual tengo alquilado : yo pago todos los servicios y alquiler del inmueble al dia … Como el propietario nunca va ya que esta fuera del pais y yo pago a traves del banco .. yo pienso que deberia tener algun derecho de asistir u opinar en la runiones que realizan para los arreglos y problemas que se tenga en el edificio ya que yo soy quien paga como dije antes los servcios y alquiler incluidos las reparaciones que se hacen en el edificio.
    Mi problema es el siguiente : uno de los miembro de la junta de condominio me indico que yo NO tengo derecho de opinar que yo soy una equis ( X) alli y que no tengo derecho de quejarme ni de opinar en nada … Que hay de cierto en esto ? me siento humillada por esa persona ..

    1. useracceso Autor

      Según la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios son los únicos que tienen derecho a asistir y opinar en el junta de propietarios. Si el propietario le concede una autorización expresa por escrito sí que podrá asistir y votar en junta, de lo contrario no tiene derecho alguno.
      Un saludo

  6. miguel angel bernal antón

    Hola, queria por favor información acerca de lo siguiente:
    Vivo en un edificio de apartamentos todos en situacion de arrendamiento, es decir los vecinos somos todos arrendatarios.
    1/ – Puede el arrendador montar una antena (repetidora de tfnos. moviles) en el tejado, teniendo en cuenta los problemas si los hubiere relacionados a la salud de las personas (inquilinos) y obviamente sin hacer ninguna tipo de referencia, en el contrato de arrendamiento. que derecho nos asiste en cuanto a seguridad, salubridad y obviamente legal, por ésta instalación
    2/ – El ascensor del edificio lleva sin mantenimiento en torno a 8 años. Que derecho tenemos los inquilinos a exigir el mantenimiento, apelando especialmente a la seguridad. Puede ser denunciable y ante quien?? os agradezco de antemano la información para poder tomar decisiones al respecto. Saludos

    1. useracceso Autor

      Buenos días Miguel,
      Según la Ley de Propiedad Horizontal son los propietarios los que tienen que decidir, en junta general, sobre todas las actividades relacionadas con la comunidad de propietarios.
      Nuestra recomendación es que hablen con su propietario para que él puede proponer en junta cambios o revisiones.
      Un saludo

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