5 claves que como inquilino tienes que saber de la comunidad de propietarios

  4 noviembre, 2015

La inmensa mayoría de las viviendas en alquiler disponen de su propia comunidad de propietarios. Pero, ¿qué papel juega el inquilino en dichas comunidades? En el post de hoy, lo analizamos…Seguro que es de tu interés.

comunidad de propietarios

Pago de la comunidad

El pago de la cuota derivado de la  propia comunidad de propietarios, por ley, corresponde asumirlo al propietario de la vivienda o inmueble, sin perjuicio de que posteriormente pueda repercutir, si así se hubiera pactado en el contrato de alquiler, en las correspondientes cuotas del arrendamiento.

Por tanto, resulta desaconsejable que, en primera instancia o de manera directa, dicho cuantía sea asumida por el inquilino.

Asistencia a las juntas de la comunidad

Según la Ley de Propiedad Horizontal, el arrendatario no tiene derecho a asistir a las denominadas juntas de la comunidad, más comúnmente conocidas como juntas de vecino. La legislación concede el citado derecho única y exclusivamente a aquellos que son propietarios. Sin embargo, nada impide que el propietario delegue la asistencia y derecho a voto en las propias juntas a su inquilino. Eso sí, tal delegación deberá quedar manifiestamente reflejada por escrito y podría ser objeto de impugnación por parte del órgano colegiado de Junta de Propietarios.

Sobre la convocatoria de juntas

En este caso, y bajo ningún concepto, el arrendatario posee el derecho de solicitar la convocatoria de una junta de vecinos. Tal principio sólo queda relegado, únicamente, a los propietarios o dueños de los inmuebles.

Sobre el uso de zonas comunes

Ni que decir tiene que el uso de las zonas comunes por parte del inquilino ha de ser escrupulosamente responsable. Ahora bien, la Junta de Propietarios mediante acuerdo legal aprobado en la misma, puede privar el uso y disfrute de las zonas comunes al propietario en sí que, en ningún modo, será privativo para su inquilino.

Daños y perjuicios

De igual modo, el arrendatario en caso de daños y perjuicios puede reclamar a la Comunidad de Propietarios los mismos, ante una obra acordada por ésta y que esté provocando daños en la vivienda alquilada.

Estas y otras muchas cuestiones suelen ser siempre objeto de duda para todo inquilino en cuyo piso alquilado, dispone de una comunidad de vecinos. Suelen ser las más habituales y objeto de controversias. Por ello, hemos rescatado las más importantes para que también los inquilinos estén al tanto de sus obligaciones y derechos en una comunidad de propietarios cualquiera.

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